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Autor: Adrià Moral
Materia: Derecho Migratorio
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Somos muchos los españoles residiendo en Reino Unido que nos preguntamos día tras día “¿Qué va a ser de nosotros en España si se produce el Brexit?”. A fin de arrojar un poco de luz, sugerimos analizar el Real Decreto Ley 5/2019 (de ahora en adelante “el Decreto”) aprobado el pasado mes de marzo por el que se adoptan medidas de contingencia ante la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea para el caso de que se produzca un Brexit duro o sin acuerdo.

 

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La 1ª premisa que debemos tener en cuenta es que el Decreto ha sido otorgado para que sólo sea aplicable en caso que Reino Unido salga de la UE sin acuerdo. Por tanto, en caso de acuerdo, el Decreto quedará automáticamente derogado. La 2a premisa es que el Decreto establece que si en el plazo de dos meses desde que se produzca Brexit Reino Unido no adopta medidas reciprocas con los españoles residiendo en Reino Unido, el Decreto se suspenderá.

 

A parte de lo mencionado arriba, a efectos prácticos, estos es lo que propone España a los nacionales españoles que nos quedemos en Reino Unido o Gibraltar:

 

Seguridad Social

Durante los 21 meses siguientes al Brexit pasará lo siguiente para los españoles que residan en Reino Unido o Gibraltar:

  • Si se mantienen las cotizaciones a la Seguridad Social en España (en base al Reglamento europeo no 8883/2009) podrán seguir manteniéndolas en España;
  • Los pensionistas que reciban una pensión de España seguirán manteniendo su derecho a recibir su pensión; y
  • Los periodos trabajados en el extranjero antes del Brexit se tendrán en cuenta en España a fin de calcular el derecho a prestaciones de la Seguridad Social, pensiones y prestaciones por desempleo (Paro).

Asistencia sanitaria

Durante los 21 meses siguientes al Brexit pasará lo siguiente para los españoles que residan en Reino Unido o Gibraltar:

  • Los españoles que tengan derecho a asistencia sanitaria en Reino Unido o Gibraltar a cargo del sistema británico tendrán derecho a asistencia sanitaria en España a cargo del sistema español; y
  • Las tarjetas sanitarias expedidas a españoles que residen en el extranjero seguirán vigentes.

Educación: Acceso a la universidad

Los alumnos que procedan de sistemas educativos de Reino Unido o Gibraltar, durante los cursos 2019-2020 y 2020-2021 podrán acceder a universidades españolas en los mismos términos que lo hacen otros estudiantes de la Unión Europea.

 

Permiso de conducción

Durante los siguientes 9 meses al Brexit, los permisos de conducción británicos podrán convalidarse por el permiso español siempre y cuando se cumplan con todos los requisitos exigidos por el Reglamento General de Conductores. En este punto hay que decir, que en base a la normativa aplicable en la fecha en que se redactó este artículo, a fin de canjear un permiso europeo por un permiso español es necesario residir en España.

 

Trascurridos dichos 9 meses, el régimen aplicable a los permisos de conducción británicos será el mismo que se aplica para permisos expedidos por aquellos países que no son miembros de la UE debido a las diferentes salidas que presenta el Brexit (ya que a fecha de hoy se desconoce si Reino Unido saldrá de la UE con acuerdo o sin acuerdo).

 

 

Desde Scornik Gerstein LLP le recomendamos que nos contacte a fin de poder analizar su situación personal y darles el asesoramiento ajustado a sus necesidades.

 

Escrito por Adriá Moral.

 

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