El Gobierno de Reino Unido (RU) ve en el Brexit una oportunidad para firmar un nuevo acuerdo comercial con Estados Unidos (EEUU).
Una vez conocidos los resultados de las últimas elecciones británicas, Donald Trump celebró la victoria electoral de Boris Johnson con el siguiente tweet: "RU y EEUU serán ahora libres para alcanzar un nuevo acuerdo comercial tras el Brexit". Sin embargo, a pesar de que ambos países son históricos aliados, en el tablero de negociación se han comenzado a trazar líneas rojas que pueden condicionar el éxito de dicho acuerdo. A continuación, analizamos aspectos clave de las negociaciones entre RU y EEUU.
RU desea pactar un arancel más bajo para la exportación de sus productos agrícolas a EEUU.
La UE mantiene restricciones a la importación de productos agrícolas y alimenticios procedentes de EEUU, debido a que éstos no cumplen con los estándares de calidad marcados por la regulación europea, por ejemplo: cultivos modificados genéticamente, carne de vacuno tratada con hormonas o el pollo clorado.
Washington ha comenzado a presionar para que, a través de un nuevo acuerdo, dichos productos puedan ser exportados a RU. Los agricultores y ganaderos británicos han mostrado su preocupación ante la posible importación de género más barato y con bajo estándar de calidad.
En un inicio, Trump manifestó el interés de empresas norteamericanas por hacerse con la gestión del deficitario Servicio Nacional de Salud británico (NHS, por sus siglas en inglés). Sin embargo, el Gobierno británico ha anunciado que el sistema sanitario está fuera del acuerdo comercial, y por el momento, parece que el presidente norteamericano ha abandonado esa condición.
En enero de 2020, Boris Johnson resistió a las presiones recibidas por parte de la administración norteamericana para que vetara a Huawei en el mercado británico, lo que generó fricciones y distanciamiento entre ambos países. Sin embargo, el Gobierno británico está revisando la decisión adoptada en enero, y según el periódico británico The Telegraph, el equipo de Boris Johnson está planificando la eliminación progresiva de los equipos de Huawei de las redes móviles 5G. Esta decisión generaría pérdidas a las empresas británicas que ya han invertido recursos en el 5G de Huawei, como por ejemplo Vodafone y BT.
Desde el 1 de abril de 2020, RU grava el 2% de la facturación de las grandes empresas tecnológicas, como Google, Amazon o Facebook.
Steven Mnuchin, actual ministro de hacienda norteamericano, advirtió que, si RU aplicaba la tasa digital, EEUU podría valorar imponer "tarifas arbitrarias" a la importación de vehículos británicos, entre otros productos.
La duración de las negociaciones hasta llegar a la firma del acuerdo, depende de varios factores, entre los que cabe mencionar los siguientes:
Escrito por Laura Gallego Herráez.
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El 15 de mayo del 2019, el Reino Unido (RU), Colombia, Ecuador y Perú firmaron un Acuerdo Comercial de Continuidad que reemplazará al Acuerdo Comercial suscrito entre los países andinos y la Unión Europea (UE), tras la salida del RU de la UE.
El acuerdo dará las bases de las relaciones económicas y comerciales entre el RU y Colombia, Ecuador y Perú. Además, busca proteger un flujo comercial de £2.1 mil millones (en 2018) entre el RU y los tres países andinos.
El acuerdo incluye:
El objetivo del acuerdo es asegurarse de que las empresas y los consumidores británicos continúen disfrutando de los beneficios existentes con estos países después de salir de la UE. El acuerdo también reproduce ciertos elementos del Acuerdo Comercial suscrito entre la UE y los países andinos, como disposiciones sobre el diálogo político y otras formas de cooperación, incluyendo derechos humanos.
El entonces Ministro de Estado para la Política Comercial George Hollingbery declaró “El acuerdo firmado hoy con Colombia, Perú y Ecuador dará garantías adicionales a las empresas del RU que comercian con la región. Las empresas podrán seguir operando como lo hacen hoy después de que abandonemos la UE.
Mientras que el RU dejó de ser miembro de las instituciones políticas de la UE el 31 de enero de 2020, continuará siendo tratado como un miembro del mercado único y la unión aduanera hasta el 31 de diciembre del 2020, fecha que marca el final del periodo de transición tras su salida del RU de la UE. La UE también solicitó que los terceros países con acuerdos comerciales con la UE traten al RU como un Estado miembro durante este periodo.
En consecuencia, el Acuerdo Comercial entre el RU y los países andinos no tomará efecto mientras que el Acuerdo Comercial entre la UE y estos países continúe aplicándose al RU.
Escrito por Lucía Fernández Yaipen.
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El pasado 19 de mayo de 2020, el gobierno británico anunció el nuevo régimen arancelario: Arancel Global de Reino Unido (UK Global Tariff) el cual reemplazará al arancel exterior común de la Unión Europea una vez finalizado el período de transición, el día 31 de diciembre de 2020.
El nuevo Arancel Global de Reino Unido se aplicará a todas las mercancías importadas por el Reino Unido a menos que:
El Departamento de Comercio Internacional de Reino Unido afirma que la nueva normativa asegurará que el 60% del comercio entre libre de aranceles en Reino Unido.
Se aplicará un arancel del 10% sobre los automóviles para proteger a los productores nacionales de Reino Unido de los competidores extranjeros. Esta medida ha sido acogida con preocupación por el sector automovilístico español ya que Reino Unido es uno de los países a los que España exporta un mayor número de vehículos. Es poco probable que los fabricantes de la UE puedan asumir ese costo adicional, en la mayoría de los casos se repercutirá a los consumidores haciendo que esos vehículos importados sean menos competitivos dentro del mercado británico.
El gobierno ha publicado una lista de bienes cuyos precios al consumo descenderían, una vez aplicado el nuevo régimen arancelario, éstos incluyen: lavavajillas, congeladores, productos sanitarios, espejos, pinturas, destornilladores, tijeras, productos de cocina como levadura o tomillo molido, cacao y árboles de navidad.
Un contingente arancelario es un volumen, peso, valor o cantidad definida de importación de mercancía que goza de un trato arancelario especial, ya sea arancel 0% de las importaciones realizadas dentro de ese volumen, peso, valor o cantidad o un arancel más bajo que el arancel fijado como máximo para el resto de importaciones fuera de ese volumen, peso, valor o cantidad. El gobierno de Reino Unido ha anunciado la creación de contingentes arancelarios cuya información será publicada durante el año 2020.
Escrito por Laura Gallego Herraez.
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El Gobierno de Reino Unido considera el Brexit una oportunidad para crear hasta diez nuevos puertos libres en su territorio.
Como término genérico, se entiende por puerto libre una zona que se encuentra dentro de la delimitación geográfica de un país, en la que no se aplican los aranceles estándar y los procedimientos de exportación e importación del país receptor o se flexibilizan considerablemente las normas. Sin embargo, si las mercancías salen del puerto libre hacia el resto del país, las tarifas e impuestos se aplican en consecuencia.
Los puertos libres suelen estar localizados en aeropuertos, puertos marítimos y fluviales o cerca de ellos.
Los partidarios de los puertos libres alegan que éstos atraen a empresas e impulsan el comercio y la industria manufacturera, por ejemplo, las piezas individuales de montaje de un coche se producen en diferentes países. En un escenario de puerto libre el fabricante podría importar todas esas piezas, ahorrando costes, a una fábrica dentro de una zona de puerto libre. En un puerto libre, las mercancías pueden ser transformadas o almacenadas y luego reexportadas.
Por el contrario, los críticos advierten del riesgo que existe de que los puertos libres se utilicen para evadir impuestos y blanquear dinero.
No, los puertos libres están permitidos en la UE. En la mayoría de los países, estos puertos libres existían antes de convertirse en miembros de la UE. De hecho, siete puertos libres situados en el Reino Unido estuvieron operativos desde 1984 a 2012.
El Gobierno de Reino Unido alega que los puertos libres europeos son restringidos y limitados. Por ello, desea aprovechar la oportunidad que ofrece el Brexit para crear nuevos puertos libres siguiendo el modelo americano de zonas francas.
El Gobierno del Reino Unido ha argumentado que los puertos libres podrían atraer inversiones y generar nuevos puestos de trabajo, pero los críticos insisten en que podrían inducir al blanqueo de dinero.
El 10 de febrero de 2020, el Gobierno británico convocó una consulta sobre la creación de hasta 10 puertos libres con tarifas y derechos especiales, con el objetivo de abrirlos en 2021.
Dicha consulta estaba programada para que concluyera el 20 de abril de 2020, pero el Gobierno consideró que sectores clave con un interés especial en esta política, como el gobierno local, los puertos y las empresas, se encontraban concentrados con los nuevos retos generados a consecuencia del Covid-19 y, en consecuencia, la consulta sobre los puertos libes quedó prorrogada hasta el 13 de julio de 2020.
Escrito por Laura Gallego Herraez.
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Pertenecer a la Unión Europea (UE) garantiza la aplicación de normas sobre coordinación en los sistemas de Seguridad Social. Si bien se mantiene la independencia y autonomía de cada sistema nacional y no existe un sistema europeo centralizado de seguridad social, los estados se coordinan para posibilitar el ingreso de cotizaciones y la percepción de pensiones en cualquier país de la Unión Europea.
La coordinación en Seguridad Social supone que:
Ventajas:
Cada país de la UE mantiene sus propias normas y decide qué pensiones y prestaciones cubre, los requisitos para ser beneficiario de estas o su cuantía. Y, así, por ejemplo, en el caso de la jubilación, si un trabajador ha cotizado en varios países de la UE, deberá decidir dónde solicita la pensión pues, aun cuando podrá acumular sus períodos de cotización, deberá cumplir los requisitos exigidos en el país en el que solicite la pensión. Por ejemplo, la edad de jubilación que al no ser la misma en todos los Estados miembros, podría conducir a que tuviera derecho en un sistema y en otro no.
El Acuerdo de Retirada de 17 de octubre de 2019 alcanzado entre el RU y la UE prevé normas de coordinación de la seguridad social en relación a aquellas personas que, al final del período transitorio, se encuentren en una situación que implique tanto al RU como a un estado miembro de la UE desde el punto de vista de la coordinación en materia de seguridad social.
Dichas personas conservarán su derecho a la sanidad, las pensiones y otras prestaciones de la seguridad social y, si tienen derecho a una prestación económica de un país, podrán percibirla aun cuando decidan vivir en otro país.
Las disposiciones sobre coordinación de la seguridad social del Acuerdo de Retirada recogerán los derechos de los ciudadanos de la UE y de los nacionales británicos respecto a la seguridad social en situaciones transfronterizas que impliquen al Reino Unido y a (al menos) un Estado miembro al final del período transitorio.
En conclusión, en base al acuerdo del 17 de octubre de 2019
Escrito por Alejandro Ospina.
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Un paraíso fiscal es simplemente un país que ofrece a las personas o empresas poca o ninguna responsabilidad fiscal. El Caribe ofrece algunos de los paraísos fiscales más populares del mundo, brindando beneficios como muy baja responsabilidad fiscal y privacidad financiera. Entre los paraísos fiscales del Caribe más utilizados se encuentran Bahamas, Panamá y las Islas Caimán.
Muchos de los paraísos fiscales del Caribe son lo que a veces se conoce como paraísos fiscales puros, ya que no imponen ningún impuesto. Muchos de ellos optaron por legislar sistemas impositivos y de secretismo muy agresivos y convertirse en paraísos fiscales y lograr así reducir la dependencia de países extranjeros y mantener sus propias economías.
Las Islas Caimán es uno de los cinco centros financieros offshore más grandes del mundo, que brinda servicios como banca offshore, fideicomisos (trusts) offshore e incorporación de compañías offshore.
Las compañías offshore no están sujetas a impuestos sobre los ingresos obtenidos en el extranjero, y no existen impuestos para Cayman International Companies (IBC). Las Islas Caimán no tienen impuesto sobre la renta, impuesto corporativo, impuesto sobre sucesiones o herencias, ni impuesto sobre donaciones ni impuesto sobre ganancias de capital, lo que lo convierte en un paraíso fiscal puro.
Las Islas Caimán tienen leyes bancarias muy estrictas diseñadas para proteger la privacidad bancaria. Las corporaciones offshore en las Islas Caimán no están obligadas a presentar informes financieros a ninguna autoridad gubernamental de las Islas Caimán. La incorporación a las Islas Caimán es un proceso muy simple y racionalizado.
No hay controles de cambio en las Islas Caimán que restrinjan las transferencias de dinero de ninguna manera. Las empresas offshore no están obligadas a pagar AJD sobre las transferencias de activos.
La República de Panamá se considera un paraíso fiscal puro muy seguro. Una característica notable de la ley de jurisdicción offshore de Panamá es que las compañías offshore pueden realizar operaciones comerciales dentro y fuera de la jurisdicción offshore. Las compañías offshore panameñas y sus propietarios no están sujetas a impuestos sobre la renta, impuestos corporativos o impuestos locales, y las personas de cualquier nacionalidad pueden incorporarse dentro de Panamá. Panamá protege estrictamente la privacidad de los fideicomisos y fundaciones offshore por ley.
Como proveedor de servicios de banca offshore, Panamá tiene estrictas leyes de secreto bancario diseñadas para proteger la privacidad de los titulares de cuentas. Panamá no tiene tratados fiscales con ningún otro país ni leyes de control de cambios.
Las Bahamas se hicieron muy populares como paraíso fiscal en la década de 1990 después de aprobar una legislación que permitía la incorporación de corporaciones offshore e IBC. Sigue siendo uno de los paraísos fiscales preferidos para los residentes de los Estados Unidos y países europeos. Las Bahamas ofrece servicios bancarios en el extranjero, registro de empresas en el extranjero, registro de buques y gestión de fideicomisos en el extranjero.
Bahamas fue la primera nación caribeña en adoptar estrictas leyes de secreto bancario. La información sobre los titulares de cuentas bancarias en el extranjero solo puede divulgarse por orden específica del Tribunal Supremo de las Bahamas.
Las Bahamas es un paraíso fiscal puro, sin ninguna obligación fiscal para las compañías offshore o los titulares individuales de cuentas bancarias offshore sobre los ingresos obtenidos fuera de la jurisdicción.
Las Islas Vírgenes Británicas (BVI) son un lugar ideal para establecer una cuenta bancaria offshore. El país no impone ningún impuesto a las cuentas en el extranjero y no tiene tratados fiscales con otras naciones, lo que protege la privacidad financiera de los titulares de cuentas bancarias.
No hay impuestos sobre las compañías offshore, y las IBC de BVI no pagan impuestos sobre las ganancias o ganancias de capital generadas desde fuera de las BVI.El único pago monetario que una corporación offshore debe hacer al gobierno de BVI es una tarifa anual de licencia comercial.
Una ventaja para los clientes de banca offshore y las compañías offshore incorporadas en las Islas Vírgenes Británicas es que no hay controles de cambio. Esto facilita mucho la transferencia de fondos de un lugar a otro para fines comerciales y de inversión, al tiempo que protege la privacidad financiera.
A menudo confundido con la República Dominicana, la Mancomunidad de Dominica ha iniciado una legislación que facilita la creación de corporaciones, fideicomisos y fundaciones offshore, proporcionando servicios de banca offshore amigables con los impuestos y protegidos de la privacidad.
Dominica es un paraíso fiscal puro que no impone impuestos sobre la renta, impuestos corporativos y ningún impuesto sobre las ganancias de capital sobre los ingresos obtenidos en el extranjero. Tampoco hay impuestos de retención ni impuestos patrimoniales, incluidos los impuestos a la herencia o los impuestos a las donaciones. Las compañías y fideicomisos offshore no tienen que pagar ningún impuesto de timbre sobre las transferencias de activos. Las personas de cualquier nacionalidad pueden formar corporaciones offshore en Dominica. La nación tiene leyes de privacidad que protegen la identidad de los propietarios y directores de compañías offshore constituidas en Dominica.
No hay impuestos sobre los intereses ganados en cuentas bancarias en el extranjero, y la información sobre los titulares de cuentas en el extranjero no se comparte con las autoridades fiscales de ningún otro país. Las leyes de protección de activos y privacidad financiera de Dominica son muy estrictas, lo que convierte a Dominica en un paraíso fiscal offshore seguro.
Nevis, junto con St. Kitts, forma la Federación de St. Kitts y Nevis. Nevis ofrece una formación favorable a los impuestos de sociedades de responsabilidad limitada (LLC), fideicomisos y fundaciones offshore, junto con excelentes servicios bancarios y de seguros offshore.
Nevis proporciona privacidad financiera al no hacer pública ninguna información sobre los propietarios y directores de compañías offshore. La incorporación a Nevis solo requiere un director y un accionista, que pueden ser la misma persona. Un fideicomiso exento de Nevis está exento de impuestos sobre cualquier ingreso obtenido fuera de Nevis, incluidos dividendos e intereses. Los fideicomisos de Nevis no tienen que pagar impuestos de timbre en las transacciones.
Nevis no impone ningún impuesto local sobre los ingresos obtenidos fuera de la jurisdicción. Las compañías offshore y sus propietarios no tienen que pagar impuestos de retención, impuestos sobre las ganancias de capital o impuestos sobre el patrimonio, y no están sujetos a impuestos corporativos o impuestos locales sobre los ingresos generados fuera de Nevis.
No hay controles de cambio en Nevis, y el país se ha negado firmemente a firmar tratados de impuestos con otros países.
Anguila es parte del Territorio de Ultramar de Gran Bretaña, y se ha convertido en un paraíso fiscal respetado. La jurisdicción offshore de Anguilla recauda cero impuestos sobre todos los ingresos generados fuera de la jurisdicción por las compañías offshore. Anguila es un paraíso fiscal puro que no impone impuestos sobre la renta, impuestos patrimoniales o impuestos sobre las ganancias de capital a individuos o corporaciones.
Todas las entidades offshore incorporadas en Anguila están exentas del pago de AJD.
La legislación financiera de Anguila protege estrictamente la privacidad de las cuentas bancarias offshore y las entidades comerciales. La Ley de Banca Offshore de 2005 prohíbe que todos los empleados o agentes bancarios divulguen información financiera sin el consentimiento expreso de los titulares de la cuenta. No hay controles de cambio con respecto a las transferencias monetarias o de activos.
Costa Rica, bordeada por Nicaragua y Panamá, no se considera un paraíso fiscal puro, pero se reconoce que es lo suficientemente favorable a los impuestos como para ser referida como la Suiza de América Central. A través de una serie de incentivos fiscales, el país ha tenido mucho éxito en atraer a algunas de las corporaciones más grandes del mundo. Las empresas constituidas en Costa Rica pueden realizar negocios tanto dentro como fuera de la jurisdicción. No se imponen impuestos locales sobre los ingresos generados por las empresas que no realizan negocios en la jurisdicción. Como incentivo comercial, Costa Rica otorga exenciones de 20 años de cualquier impuesto a muchas corporaciones. Las entidades corporativas que deben pagar impuestos pagan tasas extremadamente bajas y generalmente están exentas de impuestos sobre intereses, ganancias de capital o ingresos por dividendos.
Las compañías offshore constituidas en Costa Rica no tienen que presentar ningún informe financiero ante las autoridades fiscales costarricenses y no están obligadas a revelar los nombres de los propietarios al registrador de compañías. Costa Rica protege firmemente la privacidad de la banca offshore. El dinero u otros activos financieros pueden transferirse dentro o fuera de Costa Rica sin ninguna limitación en el monto y sin tener que revelar la fuente de fondos.
Belice ofrece servicios bancarios en el extranjero y una fácil incorporación de empresas en el extranjero o la formación de fideicomisos o fundaciones. Las empresas offshore incorporadas en Belice no pagan impuestos sobre los ingresos obtenidos en el extranjero. Las empresas y fideicomisos constituidos en Belice están exentos de pagar el impuesto de timbre.
Las cuentas bancarias offshore no están sujetas a impuestos sobre los intereses ganados, ni están sujetas a impuestos de repatriación o ganancias de capital. La legislación bancaria garantiza una estricta confidencialidad para la banca offshore. Los nombres de los titulares de cuentas y cualquier otra información financiera solo pueden divulgarse por orden judicial en relación con una investigación penal. Belice no tiene ningún control de cambio, ni tiene tratados fiscales con gobiernos extranjeros. El gobierno de Belice está firmemente comprometido a proteger la privacidad financiera.
Barbados ofrece un próspero sector financiero offshore que ofrece servicios bancarios offshore, incorporación de corporaciones offshore y seguros exentos. Barbados no es un paraíso fiscal puro, pero es un entorno de muy bajos impuestos para las corporaciones offshore constituidas en Barbados. Los impuestos sobre las ganancias de las compañías offshore generalmente están en el rango de solo 1% a 2%, y la tasa impositiva disminuye a medida que aumentan las ganancias obtenidas. Las compañías offshore pueden importar la maquinaria o el equipo comercial necesarios sin pagar ningún arancel de importación.
No hay retenciones ni impuestos sobre las ganancias de capital. A diferencia de la mayoría de los paraísos fiscales del Caribe, Barbados tiene tratados de doble imposición con otros países, incluidos Canadá y los EE. UU.
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El Reino de España tiene suscrito un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por lo que, a pesar de que tras la salida de la UE de Reino Unido, algunas rentas dejarán de estar exentas o perderán derecho a bonificaciones según la Ley del Impuesto sobre Sociedades español (Ley 27/2014 de 27 de septiembre), podrán seguir acogiéndose a dichos beneficios invocando el citado Convenio.
Este artículo dispone que estarán exentos los dividendos o participaciones en beneficios de entidades no residentes (en España) cuando ésta se encuentre sujeta y no exenta por un impuesto extranjero (Corporation Tax) de análoga naturaleza a un tipo nominal, al menos, del 10% (En UK, el tipo medio es del 20%). La participación deberá ser al menos del 5% o tener un valor de adquisición de más de 20 millones de euros.
Para que se pueda conceder dicha exención, se requiere que la entidad participada sea residente en un país con el que España tenga suscrito un Convenio para evitar la doble imposición (como es el caso de UK). El problema reside en las empresas participadas que, cumpliendo todo lo anterior, tengan su sede en Gibraltar.
El Corporate Income Tax de Gibraltar fija un tipo nominal medio del 10%, y toda vez que se trata de un territorio integrado en Reino Unido, en principio sería de aplicación la exención establecida en el art. 21 LIS, pues se cumplen los dos requisitos: tipo nominal mínimo del 10% y CDI.
No obstante, el precepto referido supra, dispone que: “En ningún caso se entenderá cumplido este requisito cuando la entidad participada sea residente de un país o territorio calificado como paraíso fiscal, excepto que resida en un Estado miembro de la Unión Europea”.
A día de hoy, a pesar de que Gibraltar es reconocida por España como paraíso fiscal, al ser UK Estado miembro de la UE, se practica la exención del artículo 21 LIS, pero tras la salida efectiva de UK de la UE, esta exención quedaría sin efecto sobre las empresas de Gibraltar, pues no se cumpliría con la excepción de que se trate de un Estado miembro de la UE.
En este sentido, los Gobiernos de Reino Unido y España han aprobado en sendos consejos de ministros un acuerdo de intercambio de información que permitiría la exclusión de Gibraltar de la lista de paraísos fiscales a ojos de España, siempre y cuando dicho acuerdo sea ratificado por el Congreso.
Al igual que ocurre en el art. 21 LIS, para la aplicación de la reducción prevista en el apartado 1 del art. 23 LIS, se precisa de que el cesionario no resida en un país o territorio de nula tributación o calificado como paraíso fiscal, con la excepción de que esté situado en un Estado miembro de la Unión Europea.
Por tanto, esta reducción podrá seguir aplicándose sobre las empresas de Gibraltar a partir de enero de 2021, siempre y cuando el Congreso ratifique el acuerdo entre Reino Unido y España que excluiría a Gibraltar de la consideración de paraíso fiscal.
En el resto de territorios de Reino Unido, será de aplicación el CDI.
Cuando una empresa residente en territorio español traslada su residencia fuera de éste, la diferencia entre el valor de mercado y el valor fiscal de los elementos patrimoniales propiedad de la empresa, se integrarán en la base imponible de la liquidación del IS en el ejercicio en el que se produzca el traslado de residencia. Sin embargo, cuando el traslado de residencia se efectúe a un Estado miembro, la integración en la base imponible se aplazará hasta la fecha de la transmisión a terceros de los elementos patrimoniales afectados.
Es decir, los Estados miembros gozan de un privilegio frente a los terceros países, pudiendo en el primer caso aplazar la obligación tributaria resultante del cambio de residencia. A partir de enero de 2021, este privilegio no será de aplicación a los traslados que se efectúen hacia Reino Unido.
En dicho precepto se recoge la deducibilidad de las contribuciones efectuadas por las empresas promotoras previstas en la Directiva 2003/41/CE a fondos de pensiones de empleo autorizados o registrados en otro Estado miembro (siempre y cuando se cumplan determinados requisitos). A partir de la salida efectiva de la UE, las contribuciones a fondos de pensiones de empleo en UK no se considerarán gasto deducible al tratarse de una cuestión meramente financiera.
Written by Álvaro Diz Sánchez
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En una situación ordinaria es posible llegar a un acuerdo con el banco o institución financiera a quien debemos de devolver un préstamo hipotecario, por el que llegar a reducir o incluso suspender temporalmente dicha devolución. Dependiendo de las circunstancias (baja por maternidad, dificultades económicas temporales, etc.) y el historial de pagos previo, es posible suspender los pagos hasta 6 meses. Pero no todas las hipotecas ofrecen esta opción.
Anticipando la crisis económica creada por el Covid-19 el gobierno Británico permitirá a todo obligado a la devolución de préstamo hipotecario, solicitar una prórroga de hasta 3 meses ante el prestamista, poniéndole en conocimiento de la situación de dificultad para cumplir con los pagos en la que se encuentra, o que anticipadamente cree se va a encontrar a consecuencia de la situación extraordinaria creada por la pandemia Covid-19. Es un proceso de solicitud rápida en la que el solicitante no tendrá que presentar pruebas ni pasar un test de adecuación, asegurando por parte de las entidades prestamistas que su valoración crediticia a consecuencia de dicha solicitud de suspensión de pagos no quedará en el futuro afectada negativamente ni pudiendo demandar de éste ningún pago adicional que no sea otro que el aumento de interés generado por la suspensión del pago.
Como resultado, por regla general, se darán los siguientes escenarios:
El prestamista debe hacer al solicitante partícipe del impacto que, cualquiera de estas opciones puede tener en sus pagos mensuales o el plazo de su hipoteca así como proponer alternativas que considere más adecuadas a su situación.
Escrito por Alejandro Correa Ospina
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Dentro del paquete de medidas de contingencia adoptadas por el Gobierno británico para atenuar los efectos de la crisis del Covid-19 se encuentra el programa de retención de empleo (Coronavirus Job Retention Scheme).
A través de este programa, el Gobierno británico reembolsará a los empleadores hasta el 80% de los salarios de sus empleados hasta un límite de £2.500 mensuales.
Acogerse a este plan implica que el contrato del empleado queda suspendido (furloughed) durante un periodo limitado, durante el cual no podrá realizar ninguna actividad laboral para su empleador. Sin embargo, sí puede realizar cursos o voluntariado.
Sí.
El empleado puede ser suspendido (furloughed leave) por un empleador y continuar trabajando para otro siempre que lo permita su contrato de trabajo.
Si el empleado se acoge al plan con más de una empresa, recibirá pagos separados de cada empleador. El 80% de su salario hasta un límite mensual de £2,500 correspondiente a cada puesto de trabajo.
Sí, los pagos que realice el empleador a los empleados durante el período en el que el contrato está suspendido (furloughed leave) estarán sujetos al pago de impuestos tanto para el empleado como para el empleador, que recibe el dinero como un ingreso.
En principio, el plan tiene una duración de tres meses, pero puede que el Gobierno británico prolongue su duración.
El empleado, durante el periodo de furloughed leave puede ser despedido o requerido para que se reincorpore al trabajo desempeñando la actividad que desarrollaba antes de que su contrato quedará suspendido.
No, el programa implica que el contrato del empleado queda suspendido en su totalidad y no le está permitido realizar ninguna actividad laboral para su empleador.
Escrito por Laura Gallego.
e-mail: laura.gallego@scornik.com
tel: +44 2039629923
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Si el Covid-19 lo permite y el Brexit sigue adelante en sus tiempos, el 01/01/2021 el RU (RU) pondrá en practica un sistema migratorio similar al de otros países como Australia, Canadá o Nueva Zelanda.
Esto supone un cambio radical en el modo de entender las relaciones entre el RU y Europa, consiguiéndose así uno de los principales objetivos del Brexit, que el RU tenga un control absoluto de sus fronteras y de su legislación terminado con las muchas ventajas que el espacio Schengen nos ha dado a todos, incluidos los británicos.
Con este sistema, el gobierno británico busca reducir el flujo de personas poco cualificadas que entran al país, afirmando además que no facilitará su entrada, haciendo así un llamamiento a los empresarios a que se adapten a las nuevas circunstancias.
En base a esto todo aquel que desee trabajar en RU deberá obtener como mínimo 70 puntos, de los que hablar inglés y tener un “patrocinador aprobado” supondrán 50 de esos puntos, completando el mínimo restante, es decir 20 puntos, mediante calificaciones profesionales por la oferta de salarios y según el sector productivo.
Los trabajadores cualificados deberán tener una oferta cuyo salario bruto sea de al menos 27 mil libras, cifra que puede verse reducida si se trata de áreas con falta de mano de obra como Enfermería, Psicología o Ingeniería civil.
El gobierno Español ha aprobado un decreto ley con los planes de contingencia, que solo tendrá efecto si finalmente se produce la salida del RU sin acuerdo.
Dichos planes tienen como objetivo preservar los intereses de los ciudadanos, tanto españoles residentes en el RU, como británicos residentes en España, que ejercieron el derecho de libre circulación antes del Brexit. A la vez también buscan preservar el normal funcionamiento de los flujos comerciales y los intereses económicos entre España y el RU. Sin olvidar en ningún momento a los ciudadanos españoles que trabajan en Gibraltar ni a los británicos y operadores económicos establecidos en el Peñón.
El real-decreto ley establece cómo será la transición de los británicos al régimen general de extranjería. Hasta finales de 2020, mantendrán su residencia legal como hasta ahora, como residentes comunitarios siempre y cuando su permiso de residencia hubiera sido expedido antes del Brexit, si bien antes de que acabe ese año 2020 deberá solicitar su Tarjeta de Identidad de Extranjero.
Para los trabajadores fronterizos de/en Gibraltar, se regulará el procedimiento para la emisión de una autorización de trabajo, un aspecto que queda condicionado a un tratamiento "recíproco" a los españoles que trabajan en Gibraltar.
Se protegerá a los trabajadores y pensionistas que se encuentren dentro de los sistemas de seguridad social tanto británico como español que ejercieron la libertad de residencia y circulación en la UE antes del Brexit, aplicables durante un "período determinado" o hasta que haya un acuerdo internacional o bilateral al respecto.
En cuanto a la asistencia sanitaria, España seguirá garantizándola a los británicos con las mismas condiciones mientras que se garantice la misma reciprocidad a los españoles en RU.
En relación a los permisos de conducción que han sido expedidos por el RU, serán reconocidos por España por un periodo de 9 meses, plazo durante el cual lo podrán canjear por otro permiso español. Pasado este plazo se les tendrá como licencias expedidas por terceros países.
También se incluyen medidas para garantizar la continuidad de los contratos de los servicios financieros, establecer las nuevas condiciones aduaneras y regular la situación de los operadores económicos.
Si estas interesado en mas información no dudes en ponerte en contacto con nosotros.
Escrito por Alejandro Correa Ospina.
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